OSIPTEL impuso multas por más de 117 millones de soles de enero a diciembre de 2020

Telefónica acumula multas por S/ 56 710 593 y Claro por S/ 25 056 644. Las sanciones a Bitel suman S/ 20 132 624 y las de Entel S/ 10 995 030.


Como parte de su rol fiscalizador y sancionador, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) impuso multas entre enero y diciembre de 2020 a ocho empresas operadoras por un total de S/ 117 523 927 – correspondiente a 27,338 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Así lo informó Cristhian Dediós Ubillús, Jefe de la Oficina Regional de Piura.

Las sanciones impuestas durante este periodo, ubican a Telefónica del Perú (Movistar) con un acumulado de S/ 56 710 593 (13,189 UIT), registrando la multa más alta impuesta en la historia del OSIPTEL: S/ 31 764 100 (7,387 UIT) por incumplir los Compromisos de Mejora de los indicadores de Calidad de Cobertura del Servicio y Calidad de Voz entre el primer semestre de 2016 y no remitir los compromisos de mejora de dichos indicadores, correspondiente al primer semestre de 2017.

Por su parte, América Móvil (Claro) suma un total de S/ 25 056 644 (5,828 UIT) en multas por haber brindado el servicio de telefonía móvil en equipos con IMEI reportados como robados. También por no realizar las devoluciones a los usuarios como consecuencia de interrupciones presentadas en los servicios, dentro del plazo establecido

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Viettel (Bitel) suma un total de S/ 20 132 624 (4,687 UIT) por la venta de servicios de telecomunicaciones en la vía pública, actividad que pone en riesgo la seguridad de los usuarios y atentan contra su derecho a una correcta y adecuada información. A esto se suma el objetar indebidamente solicitudes de portabilidad numérica, por no remitir información, entre otras.

Las sanciones impuestas a la operadora Entel Perú llega a S/ 10 995 030 (2 559 UIT) por no haber requerido el DNI previo a la contratación y activación de líneas móviles y por no brindar información clara, veraz, detallada y precisa sobre el procedimiento para dar de baja el servicio y la velocidad mínima garantizada.

LAS INFRACCIONES

De acuerdo con la información del regulador, el 22.50% de los expedientes corresponden a multas por temas relacionados a portabilidad, un 20.83% a venta ambulatoria de servicios de telecomunicaciones, un 7.50% por no verificar la identidad a través de un Sistema Biométrico o los mecanismos de contratación aprobados por el OSIPTEL.

Cabe remarcar que los recursos obtenidos por las multas impuestas a las empresas operadoras no ingresan al OSIPTEL, sino al fondo del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel), institución que promueve el acceso y uso de los servicios públicos de telecomunicaciones esenciales para los pobladores rurales y que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

De otro lado, si bien las empresas recurren, en algunos casos, al Poder Judicial para apelar las multas interpuestas, entre enero y diciembre de 2020 han concluido cinco procesos judiciales derivados de sanciones de multa, resultando los mismos 100% a favor de OSIPTEL.

Asimismo, en 2019 se concluyeron 20 procesos judiciales interpuestos por las empresas operadoras todos a favor del ente regulador.

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