El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) anunció que los trabajadores no podrán laborar sin tener las tres dosis de vacunación.
La semana pasada el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció que los trabajadores que hayan regresado a laborar de manera presencial deberán tener las tres dosis de la vacuna contra la COVID-19 o podría generar sanciones a su empleador.
Si no se cumple con presentar las dosis correspondiente de vacunación, y la empresa exija o permita el ingresos de estos trabajadores estará cometiendo una infracción tipificada como ‘muy grave’.
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Esta norma ya entró en vigencia el pasado 22 de abril, por lo que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) anunció las sanciones que se impondrán.
Multas
La multa que se aplicará se calculará según el tipo de empresa, gravedad y número de trabajadores afectados.
Según precisó la Sunafil, una microempresa podría recibir una sanción de entre 0.23 y 0.68 UIT, es decir, podría costraste entre S/ 1,058 y S/ 3,128.
Las pequeñas empresas que no cumplan con la exigencia del Gobierno podrían recibir una multa de entre 0.77 y 7.65 UIT, lo que representan montos entre S/ 3,542 a S/ 35,190.
Mientras que las empresas no pyme o grandes empresas tendrán sanciones de entre 2.63 a 52.53 UIT, es decir, de S/ 12,098 a los S/ 241,638.
La Sunafil indica que para alcular la multa, se considera como trabajadores afectados, al total de personas que prestan servicios de forma presencial en el centro de trabajo, en el cual se advirtió la infracción.
En caso el trabajador no cuente con las dosis idicadas la empresa puede disponer que haga trabajo remoto o pasarlo a una suspensión sin goce de haberes, si no puede con el teletrabajo.
Fuente: RPP