En víspera del Día del Trabajo, CHS Alternativo advierte que pandemia ha puesto a jóvenes en vulnerabilidad laboral.
La calidad del empleo se ha deteriorado con la pandemia del covid-19 y en el Perú, país donde priman las actividades informales o de carácter independiente, esta realidad coloca sobre todo a los jóvenes de aceptar trabajos forzosos que ponen en riesgo su salud, voluntad y dignidad.
Así lo advirtió el director de Políticas y Estrategias de la organización CHS Alternativo, Luis Enrique Aguilar, al explicar que el trabajo forzoso es un delito poco conocido, regulado recién en el año 2017. Las víctimas trabajan a menudo en lugares ocultos de la mirada pública, por lo que suelen ser difíciles de identificar.
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En vísperas del Día del Trabajo, Aguilar sostuvo que los jóvenes son los más perjudicados con este delito, que en el Perú se sanciona hasta con 25 años de cárcel. Además, los autores pueden ser sancionados administrativamente con una multa de hasta 200 UIT.
«Yo recomiendo a los jóvenes tratar de buscar empleo a través de mecanismos formales de reclutamiento. No solo las clásicas bolsas de trabajo en las universidades sino en la web del Ministerio de Trabajo. La formalidad es importante. Si por una actividad menor, pretenden pagarte una paga exorbitante… es obvio que te van a engañar, por allí habrá trata de personas o trabajo forzoso».
La diferencia entre trabajo forzoso y trata de personas es que esta última presenta acciones previas (captar, transportar, trasladar, acoger, recibir o retener) que tienen como finalidad la explotación.
Características del trabajo forzoso
-Abuso de vulnerabilidad: cuando la víctima no tiene otra alternativa real o aceptable que someterse al abuso.
-Engaño: se simula la realidad a efectos de obtener el consentimiento “viciado” de la víctima.
-Restricción de movimiento: limitar la libertad ambulatoria de los empleados fuera del trabajo.
-Aislamiento: controlar el acceso de la información externa, restringiendo la posibilidad de comunicarse.
-Violencia física y sexual: acciones coercitivas para hacer daño físico y sexual para doblegar la voluntad.
-Intimidación y amenazas: infundir miedo a los trabajadores a través de la comunicación de un daño próximo.
-Condiciones abusivas de trabajo y de vida: trabajo realizado en condiciones que no serían aceptadas libremente y que infringen los estándares legales en entornos laborales.
-Retención de documentos de identidad: confiscar documentos de identidad de los trabajadores para ejercer control.
-Retención de salarios: control parcial o total del salario para permitir una relación desigual de poder.
-Horas extras excesivas: obligar mediante amenaza, manipulación o violencia a jornadas que exceden las permitidas por ley.
-Servidumbre por deudas: realizar un servicio o trabajo con el único objetivo de pagar una deuda heredada o inducida.
Un estudio del Instituto de Estudios Peruanos por encargo de CHS Alternativo reveló en el 2019 que el 14% de personas cree que son muy frecuentes las situaciones de trabajo forzoso y un 27% considera que es frecuente, en tanto que un 44% no comprende qué es trabajo forzoso. Esa sería la razón por la cual la Policía Nacional y el Ministerio Público han recibido tan pocas denuncias de este delito.
De acuerdo con la Policía, en el 2018 y 2019, antes de la pandemia, se reportaron 155 y 131 casos respectivamente. En tanto, el 2020 y 2021, en plena pandemia, las cifras no cambiaron mucho: 84 y 133, respectivamente.
En tanto, un informe del Ministerio Público reporta que entre el enero del 2017 y agosto 2020, se registraron 28 denuncias por trabajo forzoso. De ese registro, hay un total de 46 víctimas y 38 imputados.
Sin embargo, advirtió el representante de CHS Alternativo, en el Perú «hay un proceso de normalización de la situación de explotación en el trabajo». El trabajador peruano, dijo, está acostumbrado a dar más de lo que podría cobrar y hay situaciones de competencia que hacen que los empresarios inviertan lo mínimo y busquen personas que no piden tanto dinero.
Fuente: Andina