La empresa operadora tiene hasta cinco días hábiles para ejecutar la solicitud del abonado.
Los usuarios de los servicios de telefonía fija y móvil, televisión de paga e internet tienen derecho a solicitar la baja de su servicio o dar por terminado su contrato sin condicionamientos o explicaciones a la empresa operadora, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
El jefe de la oficina regional del OSIPTEL en Piura, Cristhian Dediós Ubillús, recordó que los abonados de estos servicios pueden presentar una solicitud de baja cuando lo crean conveniente y sin ninguna afectación económica para ellos.
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Además, la empresa operadora está obligada a brindar una constancia o código del pedido de baja y debe ejecutarlo en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud, o el mismo usuario puede programar la fecha con una anticipación no menor a cinco días hábiles ni mayor a un mes.
¿Y si la operadora no cumple?
En caso la empresa operadora no ejecute la solicitud de baja, el usuario puede presentar un reclamo ante la compañía por falta de atención a su solicitud. Esta, tiene un plazo máximo de 20 días para resolver el pedido y cinco para notificar una respuesta.
Si es que se factura algún monto luego de la solicitud de baja, el cliente no es responsable. Por ello, es importante el código de pedido de la solicitud de baja o alguna constancia que acredite su presentación.
Si luego de la respuesta de la compañía el cliente no está satisfecho, puede presentar un recurso de apelación ante la empresa para que lo eleve al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (Trasu) del OSIPTEL como última instancia administrativa. Si no obtiene respuesta en el plazo establecido, el abonado puede interponer una queja solicitando la aplicación del silencio administrativo positivo.
Cristhian Dediós precisó que, para aquellos clientes de la compañía Movistar que quieran dar de baja a su servicio de internet fijo, el plazo de ejecución de este pedido es de un (1) día hábil, por mandato del OSIPTEL.
Contratos con plazos forzosos
El jefe de la Oficina Regional de Piura del OSIPTEL afirmó que, en caso las operadoras telefónicas ofrezcan un servicio con un contrato de plazo forzoso, también deberán ofrecer alternativa sin plazos forzosos, es decir, a tiempo indeterminado, y con condiciones y características similares en ambos casos. Esto a excepción de los contratos de telefonía móvil e internet, que siempre deben ser a plazo indeterminado.
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El funcionario señaló que, por disposición del OSIPTEL, las operadoras deben implementar obligatoriamente en sus aplicativos móviles o web la posibilidad de que sus usuarios puedan autogestionar algunos trámites, como la solitud de baja y/o suspensión temporal, presentar reclamos, tener la información de facturación, entre otros.
En caso los usuarios tengan duda sobre cómo dar de baja a algún contrato, pueden escribir a [email protected] o llamar a los números telefónicos 940722559, 940722572 y 968012680.