El objetivo del Decreto de Urgencia publicado es disponer lo necesario para una efectiva prevención.
El Poder Ejecutivo dispuso agilizar los procesos para realizar contrataciones de bienes, obras y servicios de prevención en zonas declaradas en Estado de Emergencia por peligro inminente de intensas precipitaciones pluviales y otros eventos asociados a la ocurrencia del fenómeno de El Niño.
Por ello publicó el Decreto de Urgencia N° 032-2023 donde establece que las contrataciones orientadas a la prevención de El Niño, en los tres niveles de gobierno (nacional, regional y local), pueden realizarse a través de un procedimiento de selección de adjudicación simplificada, bajo reglas especiales, hasta el 30 de abril del 2024.
Precisa que este procedimiento acota los plazos de consentimiento, suscripción de contrato y tramitación de un posible recurso de apelación, a fin de que las Entidades cuenten con un procedimiento célere sin dejar de lado las reglas de la competencia.
Convocatoria
Señala que para convocar a este procedimiento, las Entidades deben elaborar un listado de los bienes, servicios y obras a contratar, el cual debe ser aprobado por el titular de la entidad, quien deberá asegurar que se trata de prestaciones para zonas en emergencia y estén asociados a actividades para la prevención de El Niño.
A fin de maximizar el uso de este mecanismo, se establece como disposición complementaria transitoria que los procedimientos de selección convocados con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia N° 032-2023 pueden ser cancelados hasta antes del otorgamiento de la buena pro, en caso que la entidad convocante determine que, por razones de oportunidad, resulte más eficiente acogerse a la adjudicación simplificada con reglas especiales.
Si así lo decide la entidad, el proceso puede convocarse durante el ejercicio presupuestal correspondiente, precisa.
Esta medida coadyuvará a la estrategia de prevención que se encuentran desarrollando las entidades frente la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, al contar con un procedimiento célere, competitivo, transparente, público y de libre concurrencia para los proveedores.
Fuente: Andina