¿Cómo independizar tu conexión de agua? Conoce los requisitos si vives en un predio de varios niveles

Sunass te explica dónde iniciar la solicitud del procedimiento, los requisitos y los plazos.

Si vives en un predio de varios niveles que se abastece de una sola conexión domiciliaria y deseas independizarte, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) te informa dónde iniciar la solicitud del procedimiento, los requisitos y los plazos.

Primero debes presentar una solicitud de acceso a los servicios de saneamiento ante tu empresa prestadora y cumplir con los siguientes requisitos, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento (RCD 011-2007-SUNASS-CD):

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-Documento que acredita la propiedad, título de propiedad independizado o constancia de posesión del predio, según corresponda.
-Copia simple del DNI.
-Plano de ubicación o croquis del predio, que detalle la ubicación de la conexión de agua y/o alcantarillado.
-Permiso y/o autorización de los propietarios del predio multifamiliar para el uso de las áreas comunes, por donde pasarán las tuberías de agua.

Una vez aceptada la solicitud de acceso a los servicios de saneamiento, la empresa de agua debe comunicarte el costo de la inspección, que permitirá determinar la factibilidad del servicio solicitado.

Si la factibilidad es positiva, debe brindarte el resultado y el presupuesto por abonar para adquirir el servicio. La empresa de agua tiene un plazo máximo de quince (15) días hábiles para la ejecución de los trabajos, luego del pago, firma de contrato y de contar con los permisos municipales.

La Sunass tiene a disposición de los ciudadanos los siguientes canales de atención: línea 073- 43 31 29, la oficina ubicada en jr. Catacaos Mz. R lote 59 – urb. Santa Ana (de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.), el WhatsApp 01 614 3180 para reportar emergencias (interrupción del servicio de agua potable, rotura de tuberías, aniegos de agua y/o desagüe, atoros, baja presión del agua, entre otros) que no son atendidas por el prestador del servicio, así como las redes sociales en Facebook y Twitter.

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