Feriado martes 6 de agosto: ¿Cuánto me deben pagar si me toca trabajar ese día?

En 2022, Gobierno promulgó la ley que declara el 6 de agosto como feriado nacional en conmemoración de la batalla de Junín.

El primer feriado del mes coincide con un día laborable, en este sentido, todo trabajador tiene derecho a tomar un descanso remunerado. Sin embargo, algunos trabajadores deben continuar con sus labores con normalidad en esta fecha, sea de manera presencial o remota.

Cabe recordar que en el año 2022, el Gobierno promulgó la ley que declara el 6 de agosto como feriado nacional en todas las entidades e instituciones públicas, en conmemoración de la batalla de Junín. 

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¿Cuánto me deben pagar si trabajo el feriado del 6 de agosto?

En caso de que el trabajador deba asistir a su centro de labores o deba realizar trabajo remoto, existen 2 escenarios posibles: 

  • Que el empleador otorgue un día en compensación por el día trabajado.
  • En caso no opten por el día compensatorio, el trabajador deberá recibir tres remuneraciones: una por el día feriado, otra por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 %.

Por mencionar un ejemplo, si la remuneración diaria de un trabajador equivale a S/ 50, este recibirá dicho monto por ese día (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual); S/ 50 más por el trabajo realizado y S/ 50 más como sobretasa. En total, deberá recibir S/ 150 soles por este feriado laborado.

En caso de que la empresa incumpla estas disposiciones, el empleador puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Esta infracción es calificada como muy grave y se calcula dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados.

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