Desde octubre unas 600 plataformas digitales incluirán IGV en cobro de servicio

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó este lunes que, desde el próximo octubre, alrededor de 600 plataformas digitales (Netflix, Spotify, Apple Music, Amazon Prime Video y otras) incluirán en el cobro de su servicio el impuesto general a las ventas (IGV), equivalente al 18%.Son alrededor de 600 empresas que se registrarán para recaudar el IGV”, manifestó el intendente de Estrategias y Riesgos de la Sunat, José Peña.


“Se empieza a retener o percibir el IGV a los consumidores a partir de octubre, y la empresa tendrá que sujetarse al mes, a partir de noviembre en adelante, para efectuar la declaración y el pago del IGV”, agregó.


La regulación aprobada a los servicios digitales por los que se deba realizar un pago, entendiéndose estos como aquellas prestaciones realizadas mediante internet, entre los cuales están:

- Publicidad -


– Acceso y/o transmisión en línea de películas, música, entre otros (Streaming): Spotify, iTunes, Apple Music y YouTube Music; Netflix, Amazon Prime Video, MAX, YouTube Premium, Disney+, Apple TV, MGM y Paramount+.

– Almacenamiento de información (Icloud, Dropbox).

– Acceso a redes sociales y/o provisión de funciones adicionales en estas (Linkedln , Tinder).

– Servicios de conferencia remota (Zoom, Microsoft Teams).

– Intermediación en la oferta y la demanda de bienes y servicios (Airbnb, Uber).

La Sunat sostuvo que esta medida se implementa como parte del proceso de adhesión iniciado por el Perú para convertirse en miembro de la OCDE, siguiendo los estándares y buenas prácticas internacionales; que ya se aplica en México, Chile, Uruguay, Costa Rica, Paraguay, Colombia, Argentina, Ecuador, países de la Unión Europea, entre otros, a escala mundial.

No se trata de un nuevo impuesto

La entidad recaudadora indicó que el Decreto Legislativo 1623, que modifica la Ley del IGV respecto a la utilización en el país de servicios digitales y la importación de bienes intangibles por medio de internet, no implica la creación de un nuevo impuesto, sino que establece una forma para recaudar el IGV por los servicios digitales prestados por proveedores no domiciliados en el Perú, cuando los consumidores sean personas naturales sin negocio.

La Sunat señaló que por este motivo se ha regulado un mecanismo de recaudación que implica la inscripción al RUC para que las plataformas digitales declaren y paguen el IGV.

Explicó que, si bien para la regulación vigente del IGV estas operaciones ya se encontraban gravadas, no existía un mecanismo de recaudación de efectivo, por lo cual se crea este proceso acorde a la nueva economía digital, que no requiere de presencia física en el mercado de consumo, eliminando la complejidad y los altos costos administrativos que representarían que el usuario del servicio o adquirente del bien sea el responsable de las obligaciones de declaración y pago ante la Sunat.

Fomenta la competencia

La Sunat también dijo que la medida iguala las condiciones entre proveedores de servicios digitales nacionales frente a los extranjeros, lo que crea incentivos para fomentar la competencia y la innovación.

En el caso de que las plataformas digitales extranjeras no se registren o incumplan determinadas obligaciones, se ha contemplado un mecanismo residual por medio de las entidades financieras, las que actuarán como agentes facilitadores del pago del impuesto y se harían cargo de la percepción y/o retención del IGV respecto a las transacciones realizadas por los SND y los usuarios finales.

- Advertisement -

Últimas publicaciones