Feriado del viernes 30 de agosto: ¿Cuánto me deben pagar si trabajo ese día?

Esta festividad congrega anualmente a los devotos de la primera santa de América, quienes llegan al Pozo de los Deseos para depositar su carta, aunque ahora también se puede realizar vía whatsapp.

Cerramos el mes con un ‘feriado largo’. La festividad por Santa Rosa de Lima se celebra todos los 30 de agosto, brindando un día de descanso a todos los trabajadores y trabajadoras del Perú.

Este año, no es la excepción; sin embargo, como en todo feriado, hay ciertos sectores de productos y servicios este día les toca trabajar con normalidad.

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¿Cuánto me deben pagar si trabajo el feriado del 30 de agosto?

En caso de que el trabajador deba asistir a su centro de labores o deba realizar trabajo remoto, existen 2 escenarios posibles: 

  • Que el empleador otorgue un día en compensación por el día trabajado.
  • En caso no opten por el día compensatorio, el trabajador deberá recibir tres remuneraciones: una por el día feriado, otra por el trabajo que realiza y una sobretasa del 100 %.

¿Cómo calcular mi pago por el feriado del 30 de agosto?

Por mencionar un ejemplo, si la remuneración diaria de un trabajador equivale a S/ 50, este recibirá dicho monto por ese día (ya incluido en la remuneración semanal, quincenal o mensual); S/ 50 más por el trabajo realizado y S/ 50 más como sobretasa. En total, deberá recibir S/ 150 soles por este feriado laborado.

En caso de que la empresa incumpla estas disposiciones, el empleador puede presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Esta infracción es calificada como muy grave y se calcula dependiendo del tipo de empresa y cantidad de trabajadores afectados.

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