El Ejecutivo aprobó el reglamento que permite a trabajadores del sector público y privado recibir sus sueldos y beneficios laborales mediante billeteras digitales.
El Poder Ejecutivo dio luz verde a una de las reformas laborales más relevantes en materia de modernización financiera: la autorización del pago de sueldos y obligaciones laborales a través de billeteras digitales.
La medida, oficializada mediante la publicación del reglamento de la Ley N.º 32413 en el Diario Oficial El Peruano, habilita esta modalidad como una alternativa formal a las cuentas bancarias tradicionales, tanto en el sector privado como en el público.

El rechazo de los peruanos a la gestión del mandatario se elevó de 43% a 61%. Su aprobación a nivel nacional cae 13 puntos porcentuales y alcanza el 30%. Su premier y su ministro del Interior también reciben el castigo ciudadano.
La norma establece que las remuneraciones, gratificaciones y otros beneficios laborales podrán ser depositados no solo en cuentas bancarias convencionales, sino también en cuentas de dinero electrónico vinculadas a billeteras digitales debidamente autorizadas y supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Entre estas plataformas se encuentran aplicaciones de amplio uso como Yape y Plin, siempre que cumplan con los estándares regulatorios vigentes.
Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el objetivo central del reglamento es ampliar las opciones de cobro para los trabajadores, fortalecer la inclusión financiera y adaptarse a los nuevos hábitos de pago digitales que ya forman parte del día a día de millones de peruanos.
Uno de los puntos clave del reglamento es que el trabajador tiene el derecho de elegir, de manera libre e informada, el medio por el cual desea recibir su remuneración mensual. Esta decisión puede recaer tanto en una cuenta bancaria tradicional como en una cuenta de dinero electrónico asociada a una billetera digital.
Además, la norma deja en claro que esta elección no es definitiva. El trabajador puede modificar su decisión en cualquier momento durante la relación laboral, sin restricciones ni penalidades. Si opta por recibir su sueldo mediante una billetera digital, deberá comunicarlo al empleador dentro de los diez días hábiles de iniciada la relación laboral, aunque este plazo no limita futuros cambios.
El reglamento es enfático al señalar que el empleador no puede impedir, condicionar ni retrasar la decisión del trabajador. Asimismo, el depósito del sueldo debe realizarse de forma íntegra, dentro de los plazos establecidos por la legislación laboral y sin generar costos adicionales para el empleado.
Pagos seguros y bajo supervisión
Para garantizar la seguridad del sistema, la norma dispone que todas las operaciones estarán sujetas a la supervisión de la SBS y deberán efectuarse mediante billeteras digitales interoperables autorizadas por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). De esta manera, se busca asegurar la trazabilidad de los pagos, la protección de los fondos y la estabilidad del sistema financiero.
El reglamento también detalla los requisitos técnicos y operativos que deben cumplir las entidades que administran las billeteras digitales, reforzando los mecanismos de control y evitando posibles riesgos para los trabajadores.
Implementación progresiva en el sector público
En el caso de los trabajadores del sector público, la aplicación de esta modalidad será progresiva, independientemente del régimen laboral al que pertenezcan. El proceso estará a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, que definirá los lineamientos y plazos para su implementación.
La norma subraya que este derecho no podrá ser restringido ni condicionado, reafirmando el principio de igualdad en el acceso a los medios de pago digitales.