Conoce cuál es la función del Fondo de Seguro de Depósitos y cuánto dinero puede cubrir actualmente, según la SBS.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ordenó el cierre de operaciones de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz tras identificar insolvencia financiera.
Pero, ¿qué pasará con los ahorros que el público guardaba en la CRAC Raíz? La SBS aclaró que, pese al cierre de la entidad financiera, el 96.3% de los ahorristas podrán recuperar la totalidad de sus depósitos.
Según se establece, en el caso de cierre de una entidad existe el Fondo de Seguro de Depósitos (FSD), que protege los ahorros y CTS depositados en entidades formales que hayan sido supervisadas por la SBS: bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito.
Este fondo cubre, hasta este mes de agosto, un monto de S/ 123,920 y es gratuito y automático, es decir, no tienes que inscribirte previamente ni pagar al banco para poder acceder a esta cobertura que protege las cuentas de ahorro.
Además, aplica para cada entidad de forma independiente. Esto significa que una persona podría tener S/120,000 en un banco y S/120,000 en una caja, y estaría cubierto por el FSD en ambas instituciones.
¿Qué entidades tienen FSD?
A la fecha, existe un total de 42 instituciones financieras que cuentan con el Fondo de Seguro de Depósitos activo:
- 16 bancos: BCP, BBVA, Scotibank, Interbank, Falabella, Ripley, Mibanco, BanBif, Pichincha, GNB, Comercio, Alfin, Citibank, Santander, ICBC y Bank of China.
- 8 financieras: Crediscotia, Compartamos, Confianza, Oh!, Efectiva, Credinka, Proempresa y Qapaq
- 12 cajas municipales: Arequipa, Piura, Huancayo, Cusco, Sullana, Trujillo, Ica, Tacna, Maynas, Lima, Del Santa y Paita
- 6 cajas rurales: Cencosud Scotia, Raiz, Los Andes, Prymera, Del Centro e Incasur
Por ello, antes de depositar tu dinero en alguna cuenta verifica que se trate de entidades autorizadas por la SBS, así contará con el respaldo de este seguro.
¿Cuáles son los pasos para cobrar?
El FSD indica que una vez declarada la disolución del banco, caja o financiera, en un plazo no mayor a 60 días se debe emitir la relación de asegurados a los que se les devolverá el dinero depositado.
Esta relación indica el monto que le corresponderá a cada asegurado, contando lo que originalmente se depositó más los intereses.
Si una personas que tenía una cuenta con la entidad cerrada no está en la relación de asegurados con la cobertura puede solicitar su inclusión a la SBS en un plazo de 60 días desde que se publica la lista.
Luego de publicada la lista, el FSD inicia los pagos luego de un plazo máximo de 10 días. Incluso en las últimas liquidaciones se indica que los pagos a los depositantes se iniciaron a las 48 horas de haber recibido la relación.
Con esto se puede calcular que la devolución a los ahorristas afectados por el cierre de la entidad en la que estaba su dinero puede demorar cerca de dos meses.
Además, deben tener en cuenta que el plazo para cobrar estos fondos vence hasta dentro de 10 años en que se iniciaron los pagos a los clientes.
Fuente: RPP