Uso del protector facial será obligatorio en mercados, supermercados y malls

Esto aplica en las regiones de nivel de alerta muy alto y extremo frente al COVID-19.

A través del Decreto Supremo N°184-2020-PCM, el Ejecutivo anunció que el uso del protector facial será de uso obligatorio para que las personas puedan ingresar a los establecimientos con riesgo de aglomeración.

Según la norma, todos los ciudadanos deberán llevar la mascarilla y la carilla facial al momento de acudir a los centros comerciales, mercados, supermercados, conglomerados y tiendas por departamento.

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Asimismo, indicaron que esta disposición entra en vigor desde el lunes 19 de abril hasta el domingo 9 de mayo, en las regiones de nivel de alerta muy alto y extremo frente a la COVID-19.

En esa línea, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, señaló que esto es necesario pues los contagios de COVID-19 se dan mediante aerosoles.

Desde mañana 41 provincias están en riesgo extremo eso significa que además de mascarilla, cuando entramos a espacios cerrados como centros comerciales debemos usar también el protector facial está demostrado que los contagiaos se dan por aerosoles. El protector nos da una protección adicional para prevenir infecciones”, afirmó.

Otras medidas en Piura

La inmovilización social obligatoria nocturna empieza a las 09:00 p.m. y finaliza a las 04:00 a.m. del día siguiente. En el nivel extremo, los domingos 25 de abril, 2 de mayo y 9 de mayo el toque de queda será todo el día. En ese sentido, está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.

En cuanto al aforo, está prohibido el ingreso de público a casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas que se realizan en espacios cerrados, al igual que las actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre.

En tanto, los bancos y otras entidades financieras tienen un aforo de 40%, al igual que los supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y afines previa cita.

El acceso a museos, sitios y monumentos arqueológicos, centros culturales, galerías, bibliotecas, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos es del 30% como máximo, al igual que los restaurantes y afines en zonas internas (con ventilación) y al aire libre.

También están permitidas las artes escénicas (música, circo, danza y teatro) en espacios abiertos hasta 20% de aforo, al igual que en los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados.

El transporte interprovincial terrestre funcionará pero con un aforo del 50 al 100% según la regulación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El ingreso a las playas, templos y lugares de culto sigue suspendido para la población.

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