Feriados de Fiestas Patrias: ¿Cuánto me deben pagar si trabajo el 28 y 29 de julio?

A pocos días de celebrarse las Fiestas Patrias, muchos trabajadores aún se preguntan cuánto dinero extra podrán esperar en su sueldo a fin de mes si trabajan el 28 y 29 de julio. En este artículo, te lo explicamos.

En Perú, el 28 y 29 de julio son días feriados remunerados. Los trabajadores tienen derecho a recibir su remuneración habitual correspondiente a un día de trabajo por cada feriado, lo que les permite aprovechar estos días para descansar, vacacionar, salir de la rutina y fomentar el turismo en el interior del país.

En el caso de los trabajadores que opten por cumplir con sus horas diarias, debe considerar lo que indica el Decreto Legislativo 713. De forma más específica, en el artículo 9 se afirma que el 28 y 29 de julio son feriados nacionales no laborables para los trabajadores públicos y privados, los cuales tienen derecho a descanso pagado por el empleador.

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¿Cuánto recibirás como pago si trabajas el 28 y 29 de julio?

Si trabajas en esos días sin tener días de descanso sustitutorios posteriormente, te pagarán tres veces tu remuneración diaria por cada feriado. Esto consiste en la remuneración diaria ya incluida en tu sueldo habitual, una segunda remuneración adicional por el trabajo realizado en el feriado y una tercera por haber laborado en un día festivo sin tener un descanso sustitutorio posterior.

Por ejemplo, si tu sueldo es de S/ 1,200, la remuneración diaria será de S/ 40. Si trabajas en este feriado por Fiestas Patrias sin descanso posterior debes multiplicar 40 por 3, es decir que recibirás S/120 por cada día. Si trabajas los dos días feriados, te pagarán un total de S/240.

¿Qué ocurre si tienes días de descanso sustitutorios posteriores?

En el caso de que trabajes en el feriado de Fiestas Patrias, pero decidas tomar días libres en lugar de recibir un pago adicional, puedes solicitar un descanso sustitutorio por esos días trabajados. Si acuerdas esto con tu empleador y obtienes días libres en otra fecha, recibirás tu remuneración mensual normal sin pagos adicionales, ya que los feriados serán sustituidos por esos días libres.

¿Qué sucede si el feriado coincide con tu día de descanso?

Si tus días de descanso semanal coinciden con los feriados del 28 y 29 de julio, recibirás tu remuneración mensual normal sin pagos adicionales.

¿Qué ocurre si estás de vacaciones durante Fiestas Patrias?

Si estás de vacaciones anuales durante los feriados del 28 y 29 de julio, no tendrás derecho a recibir pagos adicionales por esos días festivos, ya que tu empleador ya te habrá pagado tus remuneraciones habituales, que incluyen los feriados.

¿Qué pasa si la empresa no cumple con estas normas?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) considera el incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la Ley de Descansos Remunerados en días festivos no laborables como una infracción muy grave. Las empresas que no cumplan podrían enfrentar multas que varían entre los 1,138.50 soles y los 260,023.50 soles, dependiendo del tipo de empresa.

Próximos feriados en el calendario del Perú

  • Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias.
  • Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias.
  • Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima.
  • Sábado 08 Octubre: Combate de Angamos.
  • Martes 01 Noviembre: Día de Todos los Santos.
  • Jueves 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • Viernes 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho – Día no laborable en el sector público.
  • Domingo 25 Diciembre: Navidad.

¿Cuál es la diferencia entre el día feriado y el día no laborable?

En día feriado el empleado debe de descansar y recibir su remuneración habitual. El día no laborable, sí el empleado no asiste a su jornada laboral deberá compensar las horas no laboradas. 

El Gobierno peruano declaró el 27 de julio día no laborable para el sector público; sin embargo, el sector privado puede acogerse a esta disposición previo acuerdo entre el empleador y el trabajador.

Fuente: Perú Retail

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