Los trabajadores podrán disponer de su CTS y una buena opción para esos fondos es la inversión.
El Ejecutivo promulgó la ley que autoriza la libre disposición del 100% del monto de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) y ahora los trabajadores que acceden a este beneficio tienen la opción de usar este dinero, aunque debe hacerse con responsabilidad.
La ley permite retirar los fondos hasta el 31 de diciembre de 2024 y se aprobó para cubrir las necesidades que existen por la actual crisis económica.
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Como se sabe, estos fondos tienen como finalidad ser un respaldo en caso el trabajador quede desempleado y por ello es importante saber qué hacer con este dinero y no malgastarlo.
Una buena opción es invertir dicho dinero y Jorge Carrillo Acosta, profesor y especialista en finanzas de Pacífico Business School, ofrece algunas recomendaciones.
- Depósito a plazo tradicional: Existen 41 entidades financieras “tradicionales”, entre bancos (16), financieras (8), cajas municipales de ahorro y crédito (12) y cajas rurales de ahorro y crédito (5), las cuales cuentan con un “seguro” llamado Fondo de Seguro de Depósitos, que cubre los ahorros hasta S/122,420 (marzo-mayo 2024), incluidos los intereses ganados. Respecto de las tasas, éstas dependen del monto y plazo pactados, pero podrían llegar hasta un 8% anual.
- Depósito a plazo en cooperativas: En el Perú existen más de 250 cooperativas de ahorro y crédito (COOPAC) inscritas en la SBS, las cuales pueden ofrecer tasas de interés mayores por depósitos a plazo de los bancos, financieras o cajas. Sin embargo, hay que tener presente que estas instituciones no cuentan con el Fondo de Seguro de Depósitos de hasta S/122,420, sino que tendrán un Fondo “Cooperativo” que cubrirá como máximo S/10,000 para las cooperativas grandes y S/5,000 para las pequeñas, el mismo que estará vigente recién en 2025.
- Planes de inversión con seguros: Muchas compañías de seguros, locales y extranjeras, ofrecen planes de inversión con coberturas de vida, cuyas tasas de rentabilidad pueden ser aseguradas y suelen ser interesantes, en algunos casos superiores al 6% anual.
- Fondos mutuos: Los fondos mutuos son inversiones con rentabilidad variable, la cual dependerá de los tipos de instrumentos que se adquieran. Así, los fondos de renta fija son más “seguros”, pero menos rentables; mientras que los fondos de renta variable son más “arriesgados”, pero podrían brindar mayores ganancias. También existen fondos de renta mixta, que son un “punto medio” entre ambas opciones. Existen más de 220 productos de este tipo en el mercado.
- Inversión directa en la bolsa de valores: Es posible invertir directamente en títulos valores listados en la Bolsa de Valores de Lima (acciones, bonos, etc.), a través de una Sociedad Agente de Bolsa. Sin embargo, al igual que en el caso de los fondos mutuos, su rentabilidad es variable y depende de muchos factores.
- Inversión en un inmueble: Con el dinero de la CTS -y también de la AFP- se podría completar la cuota inicial para un departamento, y el resto del dinero obtenerlo a través de un crédito hipotecario. Esta alternativa sería muy recomendable si, por ejemplo, hoy se vive en un inmueble alquilado, ya que se “reemplazaría” el monto del alquiler con la cuota del préstamo (sin alterar demasiado el presupuesto familiar), además de adquirir un bien de largo plazo.
Asimismo, recomienda tener mucho cuidado con las estafas, en especial con las pirámides financieras o las falsas inversiones por internet.
Otras alternativas
Otras dos buenas opciones en caso no se quiera invertir, es buscar ordenar tus finanzas. Por ejemplo, puedes optar por:
- Crear un fondo de emergencia para cubrir gastos de emergencia.
- Cancelar deudas para mejorar tu situación financiera.
¿Cuándo se podrá retirar la CTS?
El Poder Ejecutivo aprobará el reglamento de la presente ley en el plazo máximo de diez días calendario contados desde su entrada en vigor. Un día después que se publique el reglamento se podrá acceder a los fondos de la CTS.
¿Cuándo se paga la CTS?
Todas las empresas están obligadas a hacer dos depósitos al año a sus trabajadores en planilla. El primer pago venció este 15 de mayo, mientras que el segundo pago debe realizarse, como máximo, el 15 de noviembre.
¿Quiénes podrán retirar su CTS 2024?
El depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios le corresponde única y exclusivamente a los trabajadores que estén en planilla. Para los que prestan servicios de manera informal, no existe este beneficio.
¿Qué pasa si mi empresa no deposita la CTS?
De no cumplir con el depósito de la CTS en el plazo establecido, la Superintendencia de Fiscalización Laboral (Sunafil) aplicará multas diferenciadas por considerarse una infracción grave.
“Aquí se aplicará tres escalas de multas para la micro, pequeña, mediana y gran empresa las que oscilan entre los S/566 y S/134,518″, explicó el gerente legal de la CCL, Álvaro Gálvez.