Gobierno anunció que se cobrará el IGV a los servicios de streaming desde octubre próximo

El ministro de Economía, José Arista, indicó que ya determinaron la forma de aplicar el 18% del IGV a estos servicios dentro de unos meses.

José Arista, titular del Ministerio de Economía, informó que las plataformas de streaming como Netflix y HBO Max deberán pagar, desde octubre próximo, el Impuesto General a la Ventas (IGV) en el Perú. 

«Ellos están fuera del país y es muy difícil hacerles a ellos que tributen, a pesar de que las normas dicen que tienen que pagar impuestos, pero lo que no teníamos hasta ahora era el mecanismo de cómo hacer que lo hagan”, expresó en conferencia de prensa.

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Arista contó que en Consejo de Ministros aprobaron una norma en la cual, a través del sistema bancario, por cada transacción se le cobrará el 18% de los servicios que cobran las empresas por la intermediación o la prestación directa de sus servicios digitales y de bienes a través de internet. 

El titular del MEF indicó que se esperarán dos meses para la adecuación de la medida a través de las modificaciones de los sistemas tanto de la Sunat como del sistema bancario para que estén gravados estos servicios. 

«Existen otros servicios, por ejemplo, Airbnb en el cual la empresa cobra al que da en alquiler un local como al que lo renta, y a ellos también les cobraremos el IGV», puntualizó.

El ministro de Economía ya había anunciado, en abril pasado, sobre esta medida. Ahora que ya es oficial estimó que se recaude alrededor de 800 millones de soles al año.

¿Cómo se cobrará el IGV?

El Ministerio de Economía precisó que esta norma aprobada en la PCM adapta la regulación del IGV a los nuevos modelos de negocios y establece un conjunto de medidas para hacer más sencillo el registro de los proveedores no domiciliados en el RUC, a cargo de la Sunat, así como la declaración y pago del impuesto que corresponde efectuar a las empresas no domiciliadas. 

Para tal efecto, se aprobaron facilidades en los plazos de inscripción y se liberaron requisitos de cumplimiento obligatorio tales como la constitución de una empresa domiciliada en el Perú, contar con representante legal, entre otras.

En caso de que estas plataformas por streaming no se registren en el RUC o incumplan con sus obligaciones de declarar y pagar el impuesto, la norma aprobada por el Ejecutivo establece que la recaudación y cobro del IGV sea realizado por los sujetos facilitadores de pago, es decir, entidades bancarias y financieras.

Para ello, la Sunat elaborará la lista de aquellas que incumplan la norma, para realizar la retención respectiva.

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