Las medidas establecen límites de captura, mecanismos de distribución y mayores controles para asegurar el aprovechamiento sostenible de cuatro recursos importante para la pesca artesanal y el consumo humano directo.
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) aprobó medidas de ordenamiento pesquero complementarias para garantizar el aprovechamiento sostenible de la anchoveta, el jurel, la caballa y el bonito durante el 2026, estableciendo cuotas de captura y mecanismos de control basados en la información científica y el monitoreo permanente de las pesquerías.
Las disposiciones permitirán ordenar la actividad extractiva, dar previsibilidad a los pescadores y a la cadena productiva, y asegurar que el aprovechamiento de los recursos se realice bajo criterios de sostenibilidad y manejo responsable.


Anchoveta para consumo humano directo
Mediante Resolución Ministerial, PRODUCE estableció en 75 000 toneladas el Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta para el año 2026, aplicable a las actividades extractivas artesanales y de menor escala en todo el litoral peruano.
La cuota comprende las capturas realizadas durante el presente año y está destinada exclusivamente al abastecimiento de la industria de consumo humano directo, incluyendo la elaboración de conservas, congelados, curados y otros productos autorizados.
Jurel y caballa: cuotas hasta diciembre
PRODUCE también estableció los límites de captura para los recursos jurel y caballa para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2026.
Para el jurel se autorizó un límite de captura de 60 770 toneladas, mientras que para la caballa se estableció una cuota de 41 333 toneladas. Ambas medidas son aplicables a embarcaciones pesqueras de hasta 32,6 m³ de capacidad de bodega que cuenten con permiso de pesca vigente.
Las actividades extractivas podrán iniciarse desde las 00:00 horas del 1 de septiembre y estarán sujetas al seguimiento permanente de PRODUCE e IMARPE. La norma también establece medidas específicas para fortalecer el control de los desembarques y de las actividades extractivas, incluyendo el registro de las zonas de pesca, las cantidades extraídas y el destino de los recursos.

Ordenamiento complementario para la pesca del bonito
En el caso del bonito (Sarda chiliensis chiliensis), PRODUCE modificó la Resolución Ministerial que regula la pesquería para reforzar el control del esfuerzo extractivo y evitar un cumplimiento acelerado de la cuota disponible.
La medida mantiene el límite de captura de 118 200 toneladas establecido para el 2026, pero introduce una nueva distribución de las 23 363 toneladas disponibles para el periodo comprendido entre el 17 de agosto y el 31 de diciembre.
Para las embarcaciones de cerco mayores de 20 m³ y hasta 32,6 m³, se establece una distribución de 5 885 toneladas para el periodo comprendido entre el 17 de agosto y el 30 de septiembre, y otras 5 885 toneladas entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.
De manera similar, las embarcaciones que utilizan redes de cortina y otras artes pasivas contarán con 1 214 toneladas para el primer periodo y otras 1 214 toneladas para el segundo. En tanto, se mantienen las asignaciones de 6 465 toneladas para las embarcaciones mayores o iguales a 10 m³ y hasta 20 m³, y de 2 700 toneladas para aquellas menores de 10 m³.
Además, la Resolución Ministerial dispone la actualización del listado de embarcaciones pesqueras de hasta 32,6 m³ autorizadas para participar en la extracción del bonito, permitiendo incorporar o retirar unidades en función de la actividad extractiva desarrollada durante el 2026.

“Ordenar una pesquería no significa limitar oportunidades, sino garantizar que estas puedan mantenerse en el tiempo. Estamos fortaleciendo las reglas, mejorando la distribución del esfuerzo pesquero y reforzando el seguimiento para que nuestros recursos continúen generando oportunidades para miles de familias”, señaló el ministro de la Producción Juan Carlos Requejo.
Las disposiciones aprobadas forman parte de la política de PRODUCE orientada a fortalecer un manejo pesquero basado en evidencia científica, monitoreo permanente y medidas de ordenamiento adaptativas.
En los cuatro recursos, el IMARPE continuará proporcionando la información científica necesaria para evaluar el comportamiento de las poblaciones y recomendar oportunamente las medidas que correspondan, mientras que PRODUCE reforzará las labores de supervisión, fiscalización y vigilancia para asegurar el cumplimiento de las disposiciones establecidas.
Con estas medidas, el sector reafirma su compromiso de compatibilizar la sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos con la continuidad de las actividades productivas, la seguridad alimentaria y la generación de oportunidades para los pescadores y las cadenas vinculadas al consumo humano directo.